“La corrupción de las mejores cosas,
hace surgir a las peores”
David Hume
En su más elemental definición, entendemos al derecho como “el sistema racional de normas sociales de conducta, declaradas obligatorias por la autoridad, por considerarlas soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica” [1]. En el caso particular de la integridad territorial del pueblo yoeme (los yaquis), este sentido del derecho fue atacado en 1997, por quien en teoría tenía el deber de defenderlo: el Estado [2].
Por ese entonces, el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Ernesto Zedillo Ponce de León, contra toda lógica jurídica, emitió un decreto para afectar otro decreto. Por extraño que parezca, ordenó a través de este recurso legal propio y único de su investidura, modificar otro de su mismo tipo, emitido décadas atrás por el presidente Lázaro Cárdenas del Río.
Para poner en perspectiva esta afectación, situémonos primeramente en el contexto histórico de la época. Como sabemos en 1937, la Presidencia promulgó el decreto con el que reconocía a los yaquis su territorio ancestral, desde la parte de norte colindante con “El Boca Abierta”, cerca de la actual población de Empalme, hasta “Bahía de Lobos” al sur del Estado. Este territorio comprendía hacia la Sierra Madre Occidental las posesiones de El Bacatete y las demás serranías colindantes [3]. Lo que ya había sido reconocido como posesión de la nación yoreme, fue en 1997 afectado por intereses agrarios y de riego de los “agrotitanes” de la región [4]. Para ello, he modificado el mapa que ilustra estos diferentes territorios, entendidos como polígonos.
Ha sido señalado, cómo este pedazo de tierra arrancado al territorio tradicional yaqui, poseía, como lindero de tierras de particulares en la zona, acceso al agua de la presa La Angostura. Investigaciones académicas recientes, señalan que “La Cuchilla” surgió de una reubicación del cuadrilátero de San José de Bácum (uno de los ocho pueblos yaquis) hacia las actuales calles 15 y 17 [5].
Este despojo ilegal por cauces legales, consumó un sueño de pequeños propietarios de la zona largamente acariciado. De hecho, los primeros trazos de medición en los pueblos yaquis los realizó la Compañía de Irrigación de Sonora y Sinaloa hacia 1905; después éstos fueron retomados por la Compañía Richardson para deslindarlos de su posesión por los yaquis y pasarlos a manos de particulares [6].
Ello no se concretó del todo por la caída del Presidente Díaz y el inicio de la Revolución de 1910. Tras la lucha de la comunidad yoreme, el conocido como cuadrilátero de San José se mantuvo como parte del territorio oficial yaqui, y formó parte, como lo fue la dotación de agua señalada por Cárdenas, del decreto de reconocimiento publicado por el Diario Oficial de la Federación en 1949. Desde ese entonces, al ser un territorio pegado a la fértil cuenca del Río Yaqui, sólo que del lado del pueblo yaqui, surgió la disputa por el polígono que después llegó a llamarse “La Cuchilla”.
Esta parte del territorio, tiene especial interés para los yaquis y no éste no es solamente comercial. Tiene que ver con su identidad como pueblo surgido del río, cuya existencia se explica a través del río, así como con el río se entiende su narrativa maestra como pueblo creado con un fin y un sentido particular [7]. El tamaño de La Cuchilla no es despreciable, estamos hablando de 2 688 mil hectáreas fértiles [8], lo que explica el proceso por el cual se hizo hasta lo imposible por conseguir, a toda costa, su desincorporación con fines comerciales.
Mapa de “La Cuchilla” y polígonos de reconocimiento previos
En el ánimo de solventar moralmente el despojo ocasionado a los yaquis, el Gobierno de la República implementó, lo que llegó a conocerse como el Fideicomiso Fondo de Fomento Ejidal en 1997, depositando en éste 40 millones de pesos para pagar con ello afectaciones a la tribu, comprar parte de su memoria cultural y cerrar el caso como adquisición entre particulares [9].
Como es de esperarse, la reacción de las autoridades tradicionales no fue tibia y se procedió a dar la lucha por las vías legales, defendiéndose la nación yaqui contra los actos de arbitrariedad de la Secretaría de la Reforma Agraria, quien fue la instancia de operación del despojo. Hubo un amparo y demanda establecidos por el representante legal de los yaquis, Armando Gutiérrez López, quien instrumentó las medidas legales existentes para evitar que “La Cuchilla” pasara a manos de 81 empresarios y pequeños propietarios que esperaban repartirse el polígono [10], lo cual sucedió al decretarse su venta inmediatamente después de emitido el decreto [11].
Los yaquis, con todo y la división que causó entre ellos la idea de tener acceso a los dineros que representaba el FIFONAFE, nunca aceptaron cobrarlo y confirmar con ello el despojo de “La Cuchilla”. Los intereses generados por el fideicomiso no eran nada despreciables. Hace diez años aproximadamente se hablaba de 120 millones de pesos generados por puro interés [12]. Sin embargo, no hay precio que cubra la venta del territorio ancestral para los yaquis, como tampoco el patrimonio e identidad de las generaciones futuras de la etnia.
Grupo de trabajo con Tom Haek, representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos de los Pueblos Indígenas. Denuncia de corrupción y vigilancia del FIFONAFE. Guardia
Tradicional, Pótam, Sonora, abril de 2016.
Ha habido desde que se conformó el FIFONAFE, intentos recurrentes por meterle mano al fideicomiso, pero éstos no han tenido hasta hoy éxito en consumar el asalto [13]. Ello requiere hoy en día, vigilar el fondo, fiscalizarlo, pues está compartido para otras causas como el apoyo a mujeres indígenas. Esas acciones requieren fiscalización para no confundirse con la aceptación de pago por afectación. Para que nadie legitime con ese pretexto un despojo que en la perspectiva de muchos yaquis, sólo se consumará cuando el fideicomiso sea cobrado. El litigio sigue en pie y como prueba de ello están los cursos legales seguidos en ese sentido hasta hoy en la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos [14]
Así como hay una definición de derecho que apela a lo más básico del concepto, hay también una de corrupción. Esta se entiende “como el abuso del poder público con fines de conseguir una ganancia particular” [15]. Estamos a más de diez años de la explotación de “La Cuchilla” por particulares y la lucha del pueblo yoreme por recuperar parte de su identidad sigue ahí. No cabe duda, como señala el texto de Hume que corona la presente contribución, que “la corrupción de las mejores cosas, hace surgir a las peores”.
Por Aarón Grageda Bustamante
Referencias
[1] Miguel Villoro Toranzo. Introducción al Estudio del Derecho. Editorial Porrúa. 2004. Pág. 127.
[2] María Eugenia Olivarría. Cruces, flores y serpientes. Simbolismo y vida ritual yaquis. Universidad Autónoma Metropolitana-PyV. 2003.
[3] Instituto Nacional Indigenista. Etnografía Contemporánea de Los Pueblos Indígenas de México: Pacífico Sur, Región Centro, Región Noroeste, Región Occidental, Región Oriental, Región Sureste, Región Transístmica, Valles Centrales. INI, 1995. Pág. 533
[4] Gustavo Gordillo. Campesinos al asalto al cielo: una reforma agraria con autonomía. UNAM-Siglo XXI. Pág. 73. Según este autor: “Desde los años cuarenta, los agricultores del sur de Sonora se veían a sí mis mos como ‘agrotitanes’, y consolidaban una ideología que los llevaba a asumirse (con todo y el vasto apoyo económico del Estado) como pioneros de la agricultura nacional”.
[5] Carlo Rubio Mejía. La consulta previa, libre e informada para los pueblos indígenas: una respuesta al problema territorial yaqui. Tesis de Maestría. Universidad de Sonora. 2014. Pág. 50
[6] Robert C. West. Sonora: Its Geographical Personality. University of Texas. 1993.
[7] Kirstin C. Erikson. Yaqui Homeland and Homeplace: The Everyday Production of Ethnic Identity. University of Arizona Press. 2008. Pág. 160.
[8] Nota aparecida en Semanario Época, 1997. Número 331.
[9] Presidencia de la República. Reinstala la SRA en Sonora mesa de diálogo con la tribu yaqui. México. D.F. 11 de octubre de 2011. http://www.presidencia.gob.mx/2011/10/ [consultado el 25 de feb. de 2012]
[10] Véase nota 7.
[11] Aparecido en el Boletín Oficial: órgano del gobierno constitucional del Estado de Sonora, un año antes (1996).
[12] http://archivo.eluniversal.com.mx/notas/460068.html
[13] http://biblioteca.colson.edu.mx:8082/repositorio-digital/jspui/bitstream/2012/17915/1/Nota_Hem_2977.pdf
[14] https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/2015/MXAD79-06ES.docx
[15] Leslie Holmes. Corruption: A Very Short Introduction. Oxford University Press. 2015. Pág. 3