Hermosillo, Sonora.- 

En cumplimiento al mandato establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pero sobre todo, para cumplir el compromiso con las personas desaparecidas, con sus seres queridos y con la sociedad sonorense, la LXII Legislatura aprobó la Ley que crea la Comisión de Búsqueda de Personas para el Estado de Sonora.

La normatividad permitirá combatir este nefasto fenómeno en los términos de la legislación federal, pero más importante, para traer paz a las familias de las personas desaparecidas, reuniéndolas nuevamente con sus seres queridos, establece uno de los considerandos del dictamen presentado por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

A la par de esta nueva Ley, el Pleno aprobó el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de Sonora, como un imperativo para homologar el marco jurídico del Estado con el de la Federación en la materia, ya que de lo contrario se retrasarían los beneficios de la reforma federal para los sonorenses que son víctimas del delito. Ambos fueron presentados por la titular del Poder Ejecutivo estatal el pasado 22 de mayo.

La dictaminadora estableció que, ante la imperante necesidad de encontrar a un número cada vez mayor de personas que han desaparecido en el Estado, y ante la falta de un organismo público especializado que les ayude a buscar a sus seres queridos, la sociedad se ha organizado para hacer el trabajo que le corresponde a los servidores públicos, lo que ha dado pie a que en la entidad operen grupos como el denominado guerreras buscadoras de Sonora, al que se han unido diversas agrupaciones similares.

“Ha pasado más de un año sin que nuestro Estado cuente con este importante ente gubernamental que desafortunadamente se ha hecho necesario ante la operación de diversos grupos de la delincuencia organizada que han incrementado la desaparición forzada de personas, trastocando la paz de las familias sonorenses”, establece en otro de los considerandos.

La Ley que crea la Comisión de Búsqueda de Personas para el Estado de Sonora se compone de 15 artículos divididos en cuatro capítulos: Disposiciones generales; Atribuciones de la Comisión Estatal; Organización de la Comisión Estatal; y Consejo Estatal Ciudadano.

Por su parte el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de Sonora tiene su origen en la obligatoriedad que se impone al Estado, a través de las modificaciones a la Ley General de Víctimas publicadas el 3 de enero de 2017 en el Diario Oficial de la Federación, que en su Artículo Noveno Transitorio ordena a las legislaturas de las entidades federativas realizar las modificaciones legislativas y presupuestales en un plazo de 180 días contados a partir de la entrada en vigor del mismo  (4 de enero de 2017).

“Consideramos que la iniciativa que se nos presenta es una gran oportunidad para abordar este tema desde la perspectiva de las autoridades operadoras de la Ley, lo que representa un gran avance en ese aspecto. Se amplían los alcances de la Ley para obligar a autoridades e instituciones en la materia a actuar conforme a los principios y criterios establecidos en la norma estatal y federal, así como brindar atención inmediata a las víctimas”, destaca uno de los considerandos del dictamen.

Dicha atención especial deberá ser en las materias de salud, educación y asistencia social, bajo pena de sanciones administrativas, civiles o penales, en caso de incumplimiento. Se introduce el concepto de recursos de ayuda inmediata a las víctimas del delito, que corresponderá erogar al Estado y se fortalece la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, así como los asesores jurídicos adscritos a dicha comisión, a efecto de otorgarle mayor dinamismo en beneficio de las víctimas, entre otras acciones.

Búsqueda de desaparecidos al sur de Sonora. Fotografía de Martín Mendoza

 

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